Registro de un dominio (y del alojamiento) de una página web: Casos y cosas

Publicado por: Marcos Ros-Martín — Martes, 22 de Febrero de 2005
Guardado en: Enredando

El registro de un dominio (COM, NET u ORG) es una operación bastante sencilla y sin muchas complicaciones. En general, tan sólo tienes que dar una cuenta bancaria o un número de tarjeta (de crédito o de débito) y en unas cuantas horas tienes el dominio registrado a tu nombre. Por supuesto que los datos que aportes, salvo el nombre y el número de la tarjeta pueden ser falsos, pero no es muy recomendable puesto que si la ICANN descubre que los datos son falsos pueden dar de baja el dominio. Por otro lado, no resulta tan sencillo obtener un dominio ES puesto que los datos se verifican previamente a la contratación del dominio y el proceso resulta más tedioso, además de más caro, y eso es precisamente lo que la Asociación de Internautas no se cansa de denunciar.

Pues bien, tienes registrado un dominio y, claro, lo quieres usar ¿qué puedes hacer? Obviamente, el que posee un dominio lo que desea es servir páginas web con lo cual las opciones son:

  1. Contratar el alojamiento a un proveedor
  2. Direccionarlo a una dirección IP, por ejemplo si tienes una conexión ADSL estática y quieres alojarlo en tu ordenador.
  3. Redireccionarlo a otra URL, por ejemplo, desde blogspot.com

Las soluciones más baratas, se presupone, son las 2 y 3, sinembargo las empresas registradoras de dominios, si además ofrecen alojamiento, pueden guardarse un recargo en estos dos casos. Es decir, que del registro de un dominio que ofrecen a 10 € con alojamiento a parte, pueden llegar a cobrar 40 € por redireccionamiento.

Así que te has decidido por dominio y alojamiento, ¿no? Muy bien, siguiente pregunta: ¿Alojamiento Linux o Windows? Para el visitante de una página web, la diferencia no existe, sin embargo para el administrador de una web la diferencia es importante. Por un lado, Linux es más barato, cuestiones de licencias, sin embargo si la web está desarrollada en ASP, la única opción posible es Windows. Aunque si lo que uno desea es simplemente la implementación de un weblog como es nuestros caso (Wordpress o Movable Type) o la utilización de un CMS (Content Management System) de GPL (GNU Public License), Linux será suficiente y mucho más barato. Por supuesto que deberemos de estudiarnos las especificaciones técnicas que nos soliciten los sistemas de gestión. Obviamente, cuantos más requerimientos más nos costará el alojamiento.

Así pues, después de darle muchas vueltas, tampoco hace falta muchas, tenemos nuestro dominio registrado y nuestro alojamiento contratado durante un año, pero ¿y si después encontramos un precio más competitivo? He aquí un gran problema. Los registradores de dominios juegan con los tiempos para poder retener al cliente y, por supuesto, los ingresos. Por ejemplo, la renovación de dominio y alojamiento es automática en la mayoría de los casos. Debemos de leer atentamente el contrato, si uno dispone de un contrato de dominio y alojamiento durante un año y no desea renovarlo tal vez deba de notificarlo previamente. Por otro lado, si uno desea cambiarse de proveedor de alojamiento y trasladar su dominio debe de comprobar que la transferencia del dominio a otro alojamiento no esté bloqueada.

Por otro lado, se puede considerar que cuando expira la duración de la contratación de un dominio, éste queda libre. Sin embargo, los dominios no terminan o quedan libres cuando finaliza su periodo de registro, ya que existen tres períodos adicionales:

  • GRACE PERIOD, que es el tiempo que expirado el dominio, el registrador no te cobra ningún recargo adicional por renovarlo.
  • REDEMPTIOM PERIOD, en el que el registrador te puede cobrar legalmente entre 60 y 200$ USA por renovar el dominio y es el periodo en el que nadie excepto el propietario puede renovarlo.
  • PENDING DELETE, periodo final previo al borrado definitivo, y aún así el registrador puede quedárselo según las normas del ICANN por si quiere ponerlo en su bolsa de venta.

El conjunto total de estos tres períodos son unos 70 días y tampoco hay garantía de que finalmente el dominio quede libre. Por lo que lo único que resta es batallar para que desbloqueen el dominio. Si no se obtiene ningún resultado positivo, lo que se debe de hacer es acudir a los tribunales por apropación indebida.

En cualquier caso, si eres una empresa te puede molestar bastante atarte a un proveedor determinado, pero si eres una persona física, te puede llegar importar poco que alguien te robe el dominio, con cambiar la terminación del dominio, si están libres, lo tienes listo.



  1. 7 comentarios a “Registro de un dominio (y del alojamiento) de una página web: Casos y cosas”

  2. Gentileza de Maria Elena Mateo, enviado el 22 Feb 2005 | Responder

    Y eso explica porque ahora somos “.net”

  3. Gentileza de Marcos Ros, enviado el 22 Feb 2005 | Responder

    Sí, más o menos se puede poner la apostilla:

    “Basado en hechos reales”

  4. Gentileza de Javier, enviado el 24 Feb 2005 | Responder

    Joder, os han mangado el dominio? Que cosas…

    Por otro lado:

    Los dominios ‘.es’ se podrán gestionar en un solo día y por Internet.

    Lo dudo, veremos…

  5. Gentileza de Javier, enviado el 24 Feb 2005 | Responder

    Pues no os lo han mangado, sigue siendo vuestro. Pues algo no he entendido :-S

  6. Gentileza de Marcos Ros, enviado el 24 Feb 2005 | Responder

    No, no nos lo han robado. Sin embargo, queríamos cambiar de alojamiento y teníamos la transferencia de dominio (de un proveedor a acceso a otro) bloqueada, lo que nos provocaba cierta incomodidad. En realidad, la razón primordial del cambio era económica, puesto que si nos cambiábamos nos ahorrábamos un 50% del coste de alojamiento y dominio.

    Las ventajas del cambio eran evidentes y comenzamos a preguntar. Por otro lado, a nosotros la terminación del dominio nos daban igual y no pensamos sacar provecho económico al blog, así que decidimos cambiarnos prescindiendo del .ORG

    El resultado de nuestras indagaciones es, más o menos, este post.

  7. Gentileza de Javier, enviado el 24 Feb 2005 | Responder

    Ah ok, ya lo entiendo, pero…

    Por qué bloqueada? Normalmente no es posible transferir un dominio durante 60 días desde su adquisición, pero si uno tiene un dominio debe poder cambiarlo de empresa cuando quiera. En fin, supongo que es una de esas pirulas como hay miles…

  1. 1 Trackback(s)

  2. Nov 23, 2006: Las maravillosas aventuras en el cambio de Hosting, ahora Dreamhost » El Documentalista Enredado

Publicar un comentario

ATENCION - En ocasiones, los comentarios se moderan, lo que significa que si tu comentario no se publica inmediatamente, aunque lo normal es que sí que lo haga, es que es sospechoso de ser Spam. Pero no te preocupes, no hace falta que lo reenvíes, ni que escribas desconsolado por la pérdida de tu texto, seguramente aparecerá publicado en breve, en cuanto hayamos tenido tiempo de revisarlo.

Los autores de este blog no se responsabilizan de las opiniones y comentarios vertidos por los usuarios. Cualquier sugerencia será bien recibida.

La Cita

“Las bibliotecas son como las boticas: hay muchos venenos y pocos remedios.”
André L. G. Prémontval

Búsqueda

 Suscribirse mediante RSS o suscribirse por e-mail (?)

Introduce tu e-mail: