¿Quién puede controlar la blogosfera?
Parece ser que las últimas semanas están resultando un tanto movidas en todo lo relacionado con la Blogosfera. Si, por un lado, un bloguer español está siendo juzgado por actuar como un medio de comunicación, sin serlo puesto que actúa a modo individual, mientras que el hecho punible, según el denunciante, es haber recogido un hecho noticioso, mientras que el bloguer ofrecía la posibilidad de corregir y ampliar la información al demandante, sin que ésta haya sido tomada en consideración; la Unión Europea lanza una propuesta para tratar de establecer cierto orden dentro del caos imperante dentro de la Blogosfera, queriendo establecer una regulación para los blogs.
Mientras tanto, al otro lado del charco, descubrimos con cierta estupefacción que una extraña asocación, Media Bloggers Association, se reúne con Associated Press (AP) para tratar el derecho de cita de los blogs hacia sus informaciones, puesto que AP quería cobrar a los blogs que utilizasen sus contenidos. Si nos detenemos un momento para reflexionar, parece que, de repente, todo lo referente a la Blogosfera parece haberse vuelto loca.
En su historia, han sido diverso los intentos de normalizar la Blogosfera para tratar de alejarla de la imagen de totum revolutum que la caracteriza. En un primer momento, fueron los propios bloguers los que trataron de obtener un ISSN (International Standard Serial Number / Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas), que se asigna a las revistas, sin éxito en España. Sin embargo, algunos blogs latinoamericanos sí que disponen de él y no se trata, en ningún caso, de un movimiento aislado en la comunidad hispanohablante. Como reacción a la negativa de los responsables españoles del registro del ISSN, los bloguers se dispusieron a crear su propio número identificativo único y universal para cada blog, el denominado IBSN (Internet Blog Serial Number), una iniciativa que tuvo cierto éxito en su momento, pero que actualmente es cada vez menos popular.
En otro orden de cosas, en un intento de formalizar las relaciones dentro de los blogs, dos pesos pesados de la Web 2.0, Tim O’Reilly (Acuñador del término Web 2.0) y Jimmy Wales (Cabeza visible de la Wikipedia), se lanzaron a establecer un código de conducta de la blogosfera que fue, sencillamente, criticado por la mayoría de bloguers, sino ignorado. Ya que, al fin y al cabo, cada blog establece los límites en su conducta, es decir, hay que primar la libertad de expresión y de opinión de cada cual.
El hecho de que la Unión Europea establezca la necesidad de regulación en la blogosfera dentro de un texto con título Informe sobre la concentración y el pluralismo de los medios de comunicación en la Unión Europea, debería ser contemplado más como un paso más dentro de la madurez de los blogs y del periodismo ciudadano como fuentes válidas de información más que como un ataque directo a la libertad de expresión. Obviamente, hay que tener presente que los weblogs no son medios de comunicación, pero las redes de blogs comerciales están alcanzando unas audiencias que superan o igualan a muchos medios de comunicación de importancia regional. Además, los propios medios de comunicación tratan de adaptarse al ritmo y establecer puentes con la blogosfera, incluyendo la posibilidad de contratar bloguers, pero obviamente lo que trata de establecer la Comisión Europea es la marca que separa un blog comercial de lo que no lo es. Algo terriblemente complicado y que será estudiado, debatido, analizado, rechazado, diseccionado y criticado, pero, desde mi punto de vista y aunque no comparto la posición del organismo europeo, un avance para que a la Blogosfera se la tenga muy presente en ámbitos políticos. Como dije antes, un paso muy interesante en su madurez.
Habemus collegium!
Ayer tuvo lugar la Asamblea Colegial Constituyente del Colegio de Bibliotecarios y Documentalistas de la Comunidad Valenciana, aprobado por Ley en 2006. Tras años de lucha por parte de las dos asociaciones que propiciaron e incentivaron su creación, la Asociació de Bibliotecaris Valencians (ABV) y la Asociación Valenciana de Especialistas en Información (AVEI), ayer se aprobaron sus estatutos y se eligió la comisión gestora del Colegio, iniciándose un nuevo camino para nuestra profesión en esta comunidad.
No pretendo abordar aquí las bondades de colegiarse, siendo un tema que ya se ha tratado en este blog. Me limitaré a relatar las impresiones que me produjo este encuentro profesional, el verdadero motivo de mi asistencia.
Asistí a esta Asamblea con la curiosidad y el interés que la creación de este Colegio había despertado en mí, pero principalmente por la esperanza de reencontrarme con compañeros de estudio y trabajo. Mi desconcierto fue grande al ver que la representación de los diplomados y licenciados en Biblioteconomía y en Documentación brillaba por su ausencia. Aunque, evidentemente, no conozco a todos los titulados de la Comunidad, apenas fui capaz de reconocer a tres compañeros de promoción y a otras cuatro personas más de otras promociones.
Cierto es que para participar en esta Asamblea Constituyente era preciso pertenecer a alguna de las dos asociaciones antes mencionadas y apuntarse a un censo, para el cual había que justificar nuestra titulación o dos años de experiencia en labores bibliotecarias o documentales. Pero lo que no es menos cierto, es que esto refleja la falta de implicación y concienciación de nuestros titulados por la necesidad de asociarse o colegiarse para luchar por el interés común de la profesión.
Quizá el caso de la Comunidad Valenciana no sea peor que el de otras comunidades. Después de todo, en España sólo existe otro colegio, el Col•legi Oficial de Bibliotecaris-Documentalistes de Catalunya (COBDC); a pesar de que comunidades como Madrid o Andalucía tienen una larga tradición de formación universitaria en Biblioteconomía y Documentación. Desconozco si el nivel de asociacionismo allí es significativo, pero lo que sí sé es que pocos de mis compañeros de estudios están asociados.
Aprobación del proyecto de Ley de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas
El pasado 3 de noviembre, el Gobierno español aprobó el proyecto de Ley de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas que, además de actualizar la normativa vigente que databa del año 1975, tiene como principio general el establecimiento del precio fijo de los libros y que, en el caso de los de texto, liberaliza el precio de este tipo de manuales. Además, fija una inversión de 431 millones de euros en bibliotecas públicas.
Los puntos principales del nuevo proyecto de ley son:
- Precio fijo para todos los libros, excepto los manuales de texto, cuya tarifa se liberaliza frente al sistema de descuentos anterior que llegaron a ser del 25%.
- La memoria económica que se incluye en la ley a la que ha dado el visto bueno el Gobierno garantiza la inversión de 431 millones de euros en el fomento de la lectura y la mejora de las bibliotecas públicas entre los años 2006 y 2014..
- El objetivo es alcanzar una disponibilidad media de entre 1,5 y 2,5 libros por habitante, tal y como establecen las directrices de la Unesco. España tiene un promedio de 1,25 libros por habitante.
- El texto de la nueva normativa contempla por primera vez la garantía de que se llevarán a cabo campañas de promoción y fomento de la lectura sobre todo entre la población infantil y juvenil.
- Se crea el Observatorio de la Lectura y del Libro, cuyo objetivo es «el análisis de la situación del libro, la lectura y las bibliotecas». También la promoción de la colaboración institucional, «con observatorios u órganos similares de administraciones autonómicas, el asesoramiento, la elaboración de informes, estudios y propuestas de actuación».
- El ministerio de Cultura desarrollará varias campañas de promoción de los autores españoles que se expresen en castellano o en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado, y podrá colaborar de igual manera con las diferentes Comunidades Autónomas del estado en las políticas de promoción literaria.
- La reforma promueve la competencia leal entre los distintos ámbitos comerciales del libro.
- Los autores reclamaron que la reforma legislativa olvida la regulación del canon por préstamo en biblioteca
- Se adecua de forma explícita la definición ‘oficial’ de libro a los cambios producidos por las nuevas tecnologías y se entiende por libro «la obra científica, literaria o de cualquier otra índole que constituye una publicación unitaria editada en uno o varios volúmenes y que puede aparecer impresa o en cualquier otro soporte susceptible de lectura».
Ley de creación del Colegio Oficial de Bibliotecarios y Documentalistas de la Comunitat Valenciana
Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 5280. Miércoles, 14 de junio de 2006
LEY 6/2006, de 9 de junio, de la Generalitat, de creación del Colegio Oficial de Bibliotecarios y Documentalistas de la Comunitat Valenciana. [2006/7120]
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que Les Corts han aprobado, y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente ley:
Aprobada en les Corts Valencianes la ley de creación del Colegio Oficial de Bibliotecarios
Les Corts Valencianes aprobaron hoy, por 75 votos a favor y 6 en contra, el proyecto de ley de creación del Colegio Oficial de Bibliotecarios y Documentalistas de la Comunitat Valenciana, al que deberán adscribirse los diplomados en Biblioteconomía y Documentación y los licenciados en Documentación. [...]
La norma también permite que se incorporen al Colegio aquellos profesionales, que sin estar en posesión de las titulaciones citadas, acrediten una experiencia profesional de dos años como bibliotecarios, documentalistas o profesionales de la documentación en bibliotecas, sistemas bibliotecarios o centros de documentación, así como los profesores de biblioteconomía y documentación. [...]
Sobre el precio fijo del libro
El anteproyecto de la ley del libro se presentó hace dos semanas y las reacciones en la Blogosfera no se hicieron esperar. Así, por ejemplo, tenemos la visión de Juan Varela en Precio fijo y pago por lectura, o Anteproyecto Ley Libro y Lectura con un resumen de cómo ha acogido la prensa el nuevo texto o una visión mucho más tecnológica del asunto Seguiremos sin Amazon.es. Todos ellos bastante interesantes y os recomendamos su lectura, aunque nosotros seguimos con dos nuevos puntos de vista, antiguos eso sí, sobre la conveniencia del precio fijo de los libros.
El primero de ellos, es la viñeta de Romeu que se publicó en el diario El País, mientras que la segunda es un texto de Juan José Millás que dispone de un punto de vista similar.
La Ley del Libro y Bibliotecas, algunas opiniones
La semana pasada recogíamos la noticia de la presentación del anteproyecto de Ley de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas que resultó ser un debate muy interesante con grandes aportaciones. Por supuesto que en otros lugares, las opiniones que se desarrollaron también lo fueron y, por ello, las recogemos puesto que a buen seguro las encontraréis, cuanto menos, curiosas.
¡Que paguen las bibliotecas!
Hoy publica Josep Vives i Gràcia en la edición catalana del Diario El País un texto contra el canon bibliotecario como respuesta al manifesto de la Associació d’Escriptors en Llengua Catalana en favor de éste. ¡Que paguen las bibliotecas! es un texto que desgrana las razones por las que este autor considera desaconsejable la aplicación del canon en España que resume en sus conclusiones:
"La remuneración a los autores por los préstamos provocará una sangría en los recursos disponibles para aumentar las colecciones de nuestras bibliotecas, mientras que solamente redundará en beneficio de los autores (y editores) más vendidos, que son, por si alguien lo dudaba, precisamente los más prestados. Un cálculo aproximado, sobre la base del sistema francés de remuneración, daba como resultado que las bibliotecas públicas deberían haber destinado en 2002 más de 13,5 millones de euros al canon por el préstamo, cuando se gastaron solamente 27,4 millones de euros en la compra de libros en el mismo año, es decir, el 49%. Un 49% que en todo caso se podría inyectar desde otras partidas para la compra de documentos para las bibliotecas, beneficiando, entonces sí, a autores (y editores), bibliotecas y, en definitiva, a todos los ciudadanos."
La Ley de Archivos de la Comunidad Valenciana
Como ya adelantamos, el pasado 1 de junio se aprobó la Ley de Archivos de la Comunidad Valenciana (DOGV 16/06/2005). Como toda ley, su análisis puede dar lugar a múltiples lecturas según el punto de vista, así que permitidme dar dos visiones muy distintas de lo que implica la aprobación de esta Ley de Archivos: una visión formal y de interés público/general; y otra más personal, como posible opositora a archivos valencianos.
La importancia de los archivos
Largamente esperada por los archiveros, la Ley de Archivos de la Comunidad Valenciana pretende poner de manifiesto “la importancia que tienen los archivos valencianos, no sólo como un servicio muy importante del funcionamiento y de la eficacia de todas las organizaciones, especialmente de las administraciones públicas, sino como garantía de conservación del patrimonio documental valenciano y, por último, para preservar el derecho de acceso de las personas a los archivos“. Pero esta Ley (cuyo Proyecto de Ley fue publicado el 28 de diciembre de 2004, como si de una inocentada se tratara) nace con alarmantes carencias, como son el no contar con un presupuesto establecido, ni tener plazos para su aplicación.
Aprobado el Anteproyecto de Ley de Creación del Colegio Oficial de Bibliotecarios y Documentalistas de la Comunidad Valenciana
El Gobierno Valenciano, reunido en sesión plenaria, ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Creación del Colegio Oficial de Bibliotecarios y Documentalistas de la Comunidad Valenciana.
Se crea el Colegio Oficial de Bibliotecarios y Documentalistas de la Comunidad Valenciana como corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
El Colegio Oficial de Bibliotecarios y Documentalistas agrupa a los profesionales que tienen la titulación de Diplomado en Biblioteconomía y Documentación o Licenciado en Documentación, previstas en el Real Decreto 1954/1994 o con otro título extranjero equivalente debidamente homologado.

No es la primera vez que se realizan intentos para tratar de legislar lo que se publica dentro de la blogosfera o de la Web Social. En su momento, la
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